Mediante Resolucion Nº: PJ0252025000087, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil en concordancia a lo establecido en el artículo 1.363 del Código Civil, este Juzgador, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO de la demanda y el RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por el ciudadano BILL DE JESUS COA ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.883.692, de este domicilio, debidamente asistido por el ciudadano, BENJAMIN BOLIVAR HERRERA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.544, de este domicilio, en contra del ciudadano VICTOR DANIEL COA ALVARADO, venezolano, mayor de edad.....