este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- QUE ES INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente causa; 2.- Que la competencia corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y en consecuencia se ordena remitir el presente expediente al Tribunal Superior declinado, a los fines de la sustanciación y decisión, una vez quede firme la presente decisión, se ordena remitir las actuaciones al Tribunal Superior declinado.