DECLARO INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano JAIRO DANILO MENDEZ , abogado asistente de la ciudadana ROSA DE GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.722.641, contra el acto emanado por el Juez del Tribunal Militar Octavo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Puerto Ayacucho, estado Amazonas, de fecha 26AGO2010, conforme a lo establecido en el artículo 6, numeral 4 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
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