Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, ha incoado el ciudadano JESUS RAMON PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.820.696, en contra de la Sociedad Mercantil PASTEUR GUAYANA, C. A.;
SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo; y
TERCERO: Se ordena la realización de una experticia contable a los efectos de determinar los conceptos en los términos y bajo los parámetros deducidos en la motivación de la sentencia, de conformidad con el Principio de la Unidad del Fallo. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.