RIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por el ciudadano PABLO JOSE OCANTO NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-12.944.110, en contra de la ciudadana MARIA LOURDES ROJAS CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-12.691.549, en relación a la disolución del vínculo matrimonial.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 20 de Mayo del año 2011, quedando inserta el Acta bajo el Nº 04, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.