este Juzgado Militar Octavo de Control con sede en la Ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 ordinal 2do del Código Orgánico Procesal Penal pasa a decidir con forme a los siguientes términos: PRIMERO: se admite en su totalidad la acusación interpuesta en este acto por parte del Ministerio Publico Militar con sede en la ciudad de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, en contra el ciudadano SARGENTO SEGUNDO WILDER JOSE SILVA PEROZO, titular de la cédula de identidad Nº V-20.980.881, plaza del 522 BATALLON DE INFANTERIA DE SELVA "MANUEL AREVALO", por la presunta comisión de Delito Militar de DESERCIÓN, previsto y Sancionado en los artículos 523, 527 y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar y se admiten en su totalidad las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico Militar por ser licitas legales y pertinentes para la demostrac.....