Se declara INCOMPETENTE para conocer la solicitud de Interdicción Civil, planteada por el abogado Lucas Gilberto Cuevas Linarez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana María de los Ángeles Arias Rodríguez, en atención de lo dispuesto en el artículo 735 del Código de Procedimiento Civil.