Ahora bien, previa revisión de las actas que conforman el presente expediente se constató que los ciudadanos CIRO ALONSO BAYONA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 25.125.345 en su carácter de Director General de la sociedad mercantil AVICOLA FRANCISCA DUARTE C.A, debidamente asistido por la profesional del derecho MAGALYS BERMUDEZ venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.181 por una parte y por la otra las profesionales del derecho RAIZA BYER CASTRO y SILENIA VARGAS VERA, inscritas en Inpreabogado bajo los Nros: 35.821 y 19.834 respectivamente, tienen capacidad para transigir en la demanda, por lo que considerando que la transacción no versa sobre materia en la cual están prohibidas las Transacciones, de conformidad con los artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bo.....