DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Capitán LEONARD PERNÍA PEREIRA, Fiscal Militar Séptimo con competencia nacional; contra el auto dictado por el Tribunal Militar Segundo de Control con sede en Caracas, en fecha diecinueve de noviembre de dos mil doce, en la causa seguida al ciudadano WILLIAN ALEXANDRO VÁSQUEZ GÓMEZ, por estar presuntamente incurso en el delito militar de FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD, previsto y sancionado en el artículo 568 ordinal 1° del Código Orgánico de Justicia Militar, mediante la cual decretó medidas cautelares sustitutivas de la privación de libertad establecidas en los numerales 3 y 4 del artículo 256, hoy 242 del Código Orgánico Procesal Penal al precitado ciudadano. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha diecinueve de noviembre de dos mil doce dictado por el Tribunal Militar Segundo De Control con sede en caracas.