DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por por las Abogadas Mairlen López Inojosa y Ghislane Tabata, en su condición de Defensoras Privadas del ciudadano imputado Luís León Tabata, causa instruida en su contra por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual Agravada, previsto y sancionado en el artículo 43 en relación con el artículo 65.10 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; impugnación tal incoada a fin de refutar la decisión de fecha 06/09/2010, proferida por el Juzgado Primera de Control Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, mediante la cual NIEGA la solicitud de la defe.....