Se publica sentencia mediante la cual se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos RICHARD RAMIREZ, LUIS GUILLERMO RAMIREZ, JOSE PARRA y LUIS RAFAEL MONTILLA, ampliamente identificados en autos, y debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio JOHANNY JOSEPH DIAZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 138.315, contra la actuación judicial de fecha 02/12/2009, desplegada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ. No hay condenatoria en costas.