DI S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 2, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, otorgada al ciudadano JHOAN ANTONIO ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.961.493, de conformidad con lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto líbrese la correspondiente Boleta de Encarcelación y remítase inmediatamente al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Uribana). Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución No. 2
Abg. Elizabeth Maldonado
El Secretario,
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario,
Delixe