DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE el Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres incoado por el ciudadano: ARISTIDES JOSE CARABALLO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.133.475, de este domicilio, en contra de la ciudadana: MARBELIS DEL VALLE GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.946.083, de este domicilio, en consecuencia de ello queda , DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha veintisiete (27) de diciembre de 1993, por ante el Juzgado Segundo del Municipio Caroní del estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el N.....