CAPITULO IV.
DE LA SENTENCIA.
Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CEDEÑO (CAICARA DEL ORINOCO) DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos; NICOLAS ELEAZAR PIÑA MORA y ELSA MATILDE MENDOZA DE PIÑA, ambos venezolanos, casados, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cédula de Identidad N°s V-7.392.493 y V-10.657.967, respectivamente. Debidamente asistidos por el Abg. PABLO CESAR MENDOZA PEREZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.039, titular de la cedula de identidad N° V. 8.911.873, y de este domicilio. Demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres, con fundamento a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, basado en sentencia N° 1.070 de 09/12/2016 del Tribunal Supremo.....