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DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA ORDINARIA) incoara SEMILLAS CRISTIANI BURKARD, C.A., contra la empresa DISTRIBUIDORA AGROYMARK, C.A, ambas plenamente identificadas al inicio de este fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora SEMILLAS CRISTIANI BURKARD, C.A., por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento.
TERCERO: Por cuanto el presente fallo se ha producido dentro del lapso legal establecido para ello, se hace innecesaria la notificación de las partes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los.....