III
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE el Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres incoado por la ciudadana: OSIRIS DEL VALLE NIETO GUACACHE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.335.426, de este domicilio, en contra del ciudadano: MARTIN JOSE DEL CORRAL BERROETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.313.341, de este domicilio, y en consecuencia de ello queda , DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha trece (13) de septiembre de 2002, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio .....