DECISIÓN
Por virtud de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Superior Segundo en la Civil y Mercantil del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por los ciudadanos JOSÉ ARÉVALO SÁNCHEZ MÚJICA e HILDA RAMONA RODRÍGUEZ SEQUERA, ambos identificados, contra el auto de fecha 01 de agosto del 2011 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el cual declaró inadmisible el recurso de amparo constitucional interpuesto en contra de la decisión dictada en fecha 11/02/2011 por el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial Estado Lara en el expediente N° 2985. Queda revocada la decisión objeto del presente recurso y se ordena al a quo proceda a la admisión y tramitación del recurso de amparo constitucional interpuesto.
Déjese copia certificad.....