DISPOSITIVA.-
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 24.01.2011 (f.185), por el abogado Raúl Aveledo, apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano ANTONIO LO BOSCO CAMPIGLIA, contra la decisión proferida en fecha 23.12.2010 (f. 166-183), proferida por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) incoada por el ciudadano FREDDY FIGARELLA ROSSI contra el ciudadano ANTONIO LO BOSCO CAMPIGLIA, todos identificados en autos. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagarle, sin plazo alguno, a la parte actora la cantidad de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 182.500,oo), derivado del impago de cinco (5) letras de cambio discriminadas así: (i) VEINTIDÓS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 22.000,00), que corresponde a la letra de cambio librada en fecha 17.01.2006, en la .....