Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Otorga la formula alternativa de Cumplimiento de Pena de TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (DESTACAMENTO DE TRABAJO) al penado  {.....}; Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; a la Defensa y a la víctima; Impóngase al penado de la presente resolución  entregándosele  Copia Certificada conforme lo establecido en el artículo 510 del Código Orgánico Procesal Penal;  Notifíquese al Director del Centro de Pernota Antiguo Internado Judicial Barquisimeto,  remitiéndole copia de la presente decisión; Ofíciese al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental Uribana a los fines del Traslado del Penado.