DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO de conformidad con lo establecido con los artículos 585, 588 y 599, numeral 7, y 601 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 41 literal "L" del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, sobre UN (1) LOTE DE TERRENO de quinientos metros cuadrados (500 m2), con un LOCAL COMERCIAL dentro, construido con paredes de bloque, techo de acerolit y piso de concreto, situado en la carrera 25 con esquina de la calle 47, número 47-8, de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del estado Lara, alinderado de la siguiente manera: NORTE: en.....