DISPOSITIVA: Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Decimo de Control con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley procede a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, presentada ante este tribunal en tiempo hábil, de conformidad con el artículo 313 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, contra de los ciudadanos: 01- LUIS MANUEL VILLALOBOS MONTEROS, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 23.861.038, 02- KHALED JHOUHARI RINCON, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 27.332.687, 03- JACKSON VILLALOBOS BILLY JOSÉ, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 23.858.781, por estar incursos en la presunta comisión de los Delitos Militares de MENOSPRECIO A LA FUERZA ARMANDA, previsto y sancionado en el artículo 505 y por el Delito de "ULTRAJE AL CENTINELA" previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 502 todos del Código Orgánico d.....