El Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: ARNALDO GERARDO TORTOLERO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.468.273, de este domicilio, asistida por el Abogado Fernando Alcalá, Inpreabogado N° 23.496, en virtud del incumplimiento de lo requerido en el auto de fecha: 25/02/2016, de conformidad a lo establecido en los artículos 899, en concordancia con el 340 numeral 6° del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de conformidad a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Séptimo del Municipio y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial d.....