Este Tribunal, este sentenciador debe forzosamente abstenerse de continuar el presente procedimiento, por no ser competente para decidir el Recurso Jerárquico por las razones anteriormente indicadas, en forma favorable al recurrente, obviamente tampoco lo puede ser para hacerlo en forma desfavorable. En consecuencia este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, declara que IMPROCEDENTE el presente recurso, y a tal efecto, se ordena su remisión al órgano administrativo, dado que a este Juzgado le está vedado decidir los recursos jerárquicos propiamente dichos, interpuestos ante la Administración Tributaria, cuya decisión es competencia exclusiva del respectivo ente administrativo, pues de continuar conociendo el Tribunal del presente asunto, incurriría en el vicio de incompetencia manifiesta ante la inexistencia de una norma atributiva de competencia que lo ordene.