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DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana AIDA COROMOTO ALVAREZ, Venezolana, Titular de la cedula de identidad V-7.305.224 y de este domicilio contra el ciudadano HENRY ALEXANDER MONASTERIO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.860.267, de este domicilio. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza declarativa-constitutiva de la presente acción, sustraída del régimen de las pretensiones de condena. TERCERO: Déjese transcurrir el lapso de sentencia de manera íntegra, para que una vez vencida la misma, sean ejercidas los recursos respectivos.