Mediante Resolucion NºPJ0252024000104, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, suscrito por el ciudadano: JOSE MANUEL RAÑA GONZALEZ con cédula de identidad Nº V-8.889.149, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el ciudadano JOSE DOMINGO CALDERA GALVEZ, abogado en libre ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 36.198.-