Por todo lo antes expuesto este Tribunal Militar en funciones de Control pasa a pronunciarse en los siguientes términos: en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: DECRETA CON LUGAR. ADMITE TOTALMENTE la acusación fiscal, en contra del ciudadano: EX-SLDDO. JORGE LUIS PARRA PAEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.313.666, por estar incurso en la comisión del delito militar de DESERCION, el cual se encuentra previsto y sancionado en los artículos 523, en concordancia con el 527 ordinal 2° y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE ADMITEN TODOS Y CADA UNO DE LOS MEDIOS PROBATORIOS ofrecidos por la representación fiscal por considerarlos útiles, pertinentes, legales y necesarios para demostrar la verdad de los hechos, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 Ord 9 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: CON LUGAR la aplicación de Procedimiento por ADMISION DE LOS HECHOS, previsto en el artíc.....