declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la abogada YOLEIDA RODRIGUEZ, en su condición de Defensora Pública Décima Segunda Penal Ordinario, actuando en tal carácter del ciudadano WILYOEMIR JOEL MEJIA YANEZ, contra la decisión dictada en fecha 16-04-2013 Y fundamentada en fecha 22-04-2013, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto Nº KP01-P-2013-005764, mediante la cual Impuso la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Wilyoemir Joel Mejia Yanez, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado En Grado Frustración, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80, ambos del Código Penal, en el asunto principal Nº KP01-R-2013-000228.