PRIMERO: CONFORME A DERECHO la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 14 de febrero del año 2022, en el asunto judicial N° KP02-F-2018-000877.
SEGUNDO: LA INTERDICCIÓN JUDICIAL del ciudadano RAMÓN ALFONSO AÑEZ ARAUJO, titular de la cédula de identidad N° V-4.831.269. En consecuencia se designa TUTORA DEFINITIVA al a ciudadana MARÍA DEL PILAR AÑEZ ARAUJO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad número V-3.217.172.
TERCERO: Se designa como CONSEJO DE TUTELA a los ciudadanos ALEXIS ENRIQUE AÑEZ ARAUJO, HEIRA DE LA SOLEDAD AÑEZ DE VELÁSQUEZ, JESÚS ENRIQUE VELÁSQUEZ y PASTORA ESCORCHA, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.622.552, 7.349.612, 7.306.948 y 2.544.068, respectivamente, conforme el artículo 324 del Código Civil.
CUARTO: Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 14 de febrero de 2022, por el Juz.....