DECLARO INADMISIBLE POR INFUNDADA LA RECUSACIÓN interpuesta por los Abogados GUSTAVO LIMONGI MALAVÉ y DAVID RAUL TERAN GUERRA, Defensores del ciudadano CORONEL (AV) PEDRO EMILIO PICOS GUERREROS, contra el MAYOR (AV) RUBEN DARIO GARCILAZO CABELLO, Juez Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas, conforme a lo establecido en el Artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto las razones en las que se fundamenta la recusación, no se subsumen en el Numeral 8 del Artículo 86 ejusdem. Así se decide.