Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, DECIDE: PRIMERO: SE EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Décimo Tercero de Control, de fecha 05/12/2017, mediante la cual se condenó a seis (06)
años, cuatro (04) meses, de prisión, con la accesoria contemplada en el artículo 407 numerales 1° a los ciudadanos Jeison Ramón García Pacheco, titular de la cédula colombiana N° 1.094.830.367, Willian Alnerto Díaz Urando, titular de la cédula colombiana N° 1.073.974.214 e Irvis José Morales Morales, titular de la cedula de identidad N° 18.963.480, Por considerarlos Autores en la comisión del delito milita.....