este Juzgado Octavo en función de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de la ciudadana GLENDY CAROLINA GARCÍA ARAUJO, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, donde nació en fecha 12/11/86, de 19 años de edad, de estado civil soltera, profesión u oficio estudiante, grado instrucción bachiller, hija de Gladys Araujo (v) y de Dennys Garcia (v), residenciada en Los Teques, Urbanización El Encanto, Edificio El Carrao, apartamento 1-D-2, titular de la cédula de identidad Nº V-17.424.173, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de la persona que en vida respondiera al nombre de CORINA NACARY GAMARRA CARTA. Todo ello de conformidad con lo pautado en lo.....