En merito de lo expuesto, y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, declara: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por la De Cujus NIGIA GENARA FARFAN MARTINEZ, quien era de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad V-8.936.760, fallecida en fecha 26/03/2021; a consecuencia de INSUFICIENCIA RESPIRATORIA SEVERA, NEUMONIA A FOCOS MULTIPLES, tal como se evidencia de Registro de Defunción expedido por el Registro Civil, Municipio Caroní Del Estado Bolívar, la cual quedó anotada bajo el Acta Nro. 997, llevado por dicho Registro durante el año 2021, a los ciudadanos: JOSE ANGEL LOPEZ, KLEBERTH SARIAHT LOPEZ FARFAN, ANGEL KENET LOPEZ FARFAN, KELLYS ANDREINA LOPEZ FARFAN Y ALBERT JESUS LOPEZ FARFAN, venezolanos, mayores de edad, con Cédulas de Identidad Nros. V-5.18.....