Este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL CON SEDE EN GUASDUALITO, ESTADO APURE, DECIDE: PRIMERO: SIN LUGAR LA SOLICITUD realizada por el ciudadano Abogado JAIME DARIO LEÓN PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V.-10.133.412, INPREABOGADO 269.727, relacionada con el Examen de Revisión de la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad a favor de su defendido, ciudadano JOSE LUIS YANCE TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.924.732, imputado por la presunta comisión de los Delitos Militares de REBELIÓN MILITAR, previsto en los artículos 476 numeral 1 y 486 numerales 2 y 3, y sancionado en los artículos 477 numeral 2 concatenado con lo establecido en el artículo 479 y 487, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, y SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1, ejusdem. Todo de conformidad a lo establecido al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se .....