D I S P O S I T I V O
CON BASE EN LAS RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO ESTABLECIDAS, ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Se Califica la flagrancia en la Aprehensión de los ciudadanos 1. Alistado MARIN ENFERGI RODNEY, titular de la cedula de identidad Nº V-26.168.738, 2. Alistado DUGARTES GALINDEZ ELIAS RAMON, titular de la cedula de identidad Nº V-21.319.747, 3. Alistado NICOLAS ALBERTO ARAGOZA RAMIREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-27.423.749, y 4. Alistado CAMEJO ZAPATA EDGAR YOEL, titular de la cedula de identidad Nº V-25.159.708, de conformidad con lo establecido en los artículos 373 y 234 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Con lugar el procedimiento ordinario, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; TERCERO: Se declara con lugar la solicitud de la Fisca.....