DECLARO: INADMISIBLE de conformidad con lo establecido en el artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal, por falta de fundamentación de la causal alegada en la recusación, interpuesta por el ciudadano abogado JOSÉ FLORENCIO CAMPOS ALVARADO, defensor del ciudadano Capitán JUAN CARLOS ROA BENCOMO, titular de la Cédula de identidad Nº V- 12.553.976, contra los Jueces Militares del Consejo de Guerra de San Cristóbal, estado Táchira, ciudadanos Coronel JOSÉ ANGEL MORENO SANCHEZ, y Mayor JOSÉ OLIVO FERNÁNDEZ RUÍZ, en base al artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los artículos 85 y 86.8 del Código Orgánico Procesal Penal.