DECLARO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado DAVID HIDALGO FERRERA, quien indica ser el defensor de los ciudadanos C/2º GREGORY CAMACHO AYALA, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión de los delitos de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 502, en grado de complicidad, en concordada relación con el artículo 390, numeral 2º y 3º y el delito de INSUBORDINACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 512 numeral 1º y 513 numeral 2º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar y MD PEDRO LUIS SIVIRA ACOSTA ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 502, y del delito de INSUBORDINACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 512 numeral 1º, 513 numeral 2º y 515 numeral 3º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, al no constar en autos la representación que se atribuye.