de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Decimo de Control en contra del penado YUBER ANTONIO RIVERA, titular de la cedula de identidad N° V.- 22.162.317, WILLIAM RAMÓN SOTURNO PÉREZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.873.345, y ANYERSON GREGORIO CASILLAS SOTURNO, titular de la cedula de identidad Nº V.- 30.284.760, quienes fueron condenados a una pena de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISION. SEGUNDO: Este Tribunal Militar como garante del Estado para el cumplimiento del fallo emitido y a fin de asegurar el sometimiento del penado a las resultas del proceso que se le sigue, ahora en fase de ejecución, acuerda imponer Régimen de Presentaciones cada Treinta (30) días a partir de la imposi.....