este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara INADMISIBLE la presente solicitud.
Devuélvanse los documentos originales consignados, dejando en su lugar copia certificada de los mismos una vez sea consignadas los fotostatos respectivos, por medio de diligencia.
Regístrese y Publíquese. Archívese el expediente. Déjese copia certificada del presente fallo.