Se dictó sentencia declarándose INADMISIBLE LA TACHA INCIDENTAL propuesta por la parte recurrente de las copias certificadas del expediente administrativo disciplinario Nº OCAP/028/2012 que le fue seguido al ciudadano HENRY JUNIOR HERNÁNDEZ NAVARRO y de los documentos administrativos cursantes en los folios 71, 72 y 73. Se ACUERDA ABRIR CUADERNO SEPARADO para sustanciar la tacha incidental propuesta por la parte recurrente de los documentos administrativos cursantes del folio 83 al 84, del folio 85 al 87 y del folio 137 al 138 y se admiten las pruebas documentales promovidas por las partes.