DISPOSITIVA.
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Segundo de Control con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por el Fiscal Militar Auxiliar Quinto de Caracas, contra el ciudadano ALISTADO CHACON GONZALEZ DEYBIS, titular de la cédula de identidad Nº V-17.502.765, por la presunta comisión del delito militar de DESERCION, previsto en los artículos 523, 527 y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico Militar, en virtud de que las mismas son legales, lícitas, pertinentes y necesarias. TERCERO: Suspende condicionalmente el proceso que se le sigue al ciudadano CHACON GONZALEZ DEYBIS, titular de la cédula de identidad Nº V-17.502.765, ya identificado y se fija un régimen de prueba por u.....