En mérito de las consideraciones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por concepto de Indemnización por accidente de trabajo y daño moral intentada por JOSÉ RAFAEL GUDIÑO, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cedula de identidad N° 7.348.619 contra la Sociedad Mercantil FABRICA DE EMBUTIDOS ITALVENCA C.A., inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 17-0-1969, bajo el N° 299, Folios 11 al 17 frente del Libro de Registro de Comercio N° 3.
SEGUNDO: Se condena a la demandada FABRICA DE EMBUTIDOS ITALVENCA C.A., a que pague al ciudadano JOSÉ RAFAEL GUDIÑO, antes identificado los siguientes conceptos y cantidades.....