Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos RAFAEL EMILIO ROSILLO MARTINEZ y ADRIANA DE LAS NIEVES CONTRERAS ASCANIO , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.800.029 y V-20.774.716. En fecha 31 de agosto del año 2004, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Isidro del Municipio Sifontes del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 30, Folio Nº 59, Libro Nº01 de los Libros de Matrimonios del año 2004, acompañada a la presente causa. Durante su unión conyugal no proc.....