Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo previsto en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal Militar y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa en favor del ciudadano Leandro José Marchan Jiménez, cédula de identidad No. V-18.671.551, a quien se le seguía investigación penal militar por la presunta comisión del delito militar de Uso Indebido de Uniformes Militares, previsto y sancionado en los artículos 566 del Código Orgánico de Justicia Militar.