Visto el escrito de la defensa técnica, LUIS HORACIO QUERALES SOTO, de fecha 07-11-16, se acuerda:
a) Informa a este Despacho, que el traslado del imputado a Medicatura Forense, que fuera ordenado por este Tribunal en fecha 27-10-16, a objeto de ser sometido a examen psiquiátrico, no fue cumplido, por lo que este Tribunal considera procedente, solicitar información al respecto al órgano policial encargado de su custodia, ratificándole la obligación en que está de realizarlo en fiel aplicación a los Derechos Humanos que consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a favor del justiciable.
b) Refiere la defensa en su escrito, que no se efectuó la Audiencia Especial fijada para el día 04-11-16 y una vez indagados los motivos se determinó que la misma no se realizó por no haberse materializado el Traslado del Imputado. La Audiencia en cuestión se fijó para el día 01-12-16 a las 12: 30 horas de la tarde.
c) Consigna la defensa técnica, copias fotostáticas de Ficha d.....