Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado RICARDO DÍAZ MOYANO en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana ADRIANA COROMOTO MEJIAS RAMÍREZ, plenamente identificados en autos, en contra del auto de fecha 27 de Junio del 201, por el Juzgado Primero de los Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el cual queda aquí confirmado.