Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Amparo Constitucional interpuesto por la empresa mercantil CONSTRUCTORA JL ANDMER C.A, antes identificada en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO VALERA DEL ESTADO TRUJILLO.
SEGUNDO: Se ordena a la Inspectoría del Trabajo Valera del Estado Trujillo a dar oportuna y adecuada respuesta, dictando la decisión en el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos que cursa al expediente Nº 070-2006-01-00306, en un lapso de ocho (08) días hábiles.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por tratarse de un Ente de la Administración Pública.