-IV-
DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, incoada por el Ciudadana LUIS FELIPE IBARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.238.541, y de este domicilio, contra la ciudadana EMPERATRIZ BECERRA NOSSA, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-84.398.827.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE. Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara con sede en Barquisimeto, a los Nueve (09) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Veintitrés (2023) Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación. Sentencia N° 401 Asiento .....