Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Tercero de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial Penal Militar, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 471 numeral 1 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal en concordada relación con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio, Decreta: PRIMERO: OTORGA EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO al penado FELIX ANTONIO PALOMARES RUIZ, titular de la cedula de identidad N° v-16.472.289, quien se encuentra purgando condena por pena impuesta de diecisiete (17) meses y quince (15) días de prisión en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, ubicado en Maracaibo Estado Zulia, por la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1 y Uso Indebido de Condecoraciones, Insignias y Títulos Militares, previsto y sancionado en.....