Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto por este Despacho, en fecha 16MAR2011, al imputado LUIS IVAN RODRIGUEZ MONDRAGON, titular de la cédula de identidad Nº 15.774.569, ampliamente identificado, por la comisión del delito militar Lesiones Personales entre Militares.
SEGUNDO: Decreta el sobreseimiento de la Causa, al imputado LUIS IVAN RODRIGUEZ MONDRAGON, titular de la cédula de identidad Nº 15.774.569, por la comisión del delito militar de Lesiones Personales entre Militares, previsto y sancionado en el articulo 576, numeral 3º del Código Orgánico de Justicia Militar; de conformidad con lo establecido en el articulo 46 del Código Orgánico de Procesal Penal, en concordancia c.....