Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Duodécimo Control con sede en Mérida, en el cual Condenó al ciudadano Infante Distinguido (ARVB) Julio César Prieto Valero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.209.791, con domicilio y residencia en el Barrio La Conquista, Calle Principal, casa sin número, El Vigía, Estado Mérida, plaza del Apostadero Naval "TN Jacinto Muños", cumplir la pena principal de diez (10) meses de prisión, más las accesorias de ley contempladas en el artículo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar, como autor responsable del delito militar de Deserción, previsto en los artículos 523 y 527, ordinal 2° y sancionado en el artículo 528.....